Una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que los consumidores pueden reclamar la totalidad de las cantidades que los bancos habían cobrado a sus clientes en aplicación de estas cláusulas, desde la firma de las mismas, y no desde el año 2013, como se declaró por nuestro Tribunal Supremo.
Además, debe saber también que por otra Sentencia, en este caso del Tribunal Supremo español, es abusiva la cláusula por la que se atribuyen en exclusiva al consumidor los gastos de formalización de la hipoteca (notarías, registros y ciertos impuestos), lo que de nuevo abre otra vía para su reclamación.
Por todo ello, les ofrecemos los servicios especializados de nuestros abogados, que les atenderán de forma personalizada y en condiciones especiales en atención al convenio que les hemos indicado, para valorar la viabilidad de su reclamación.
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